BOMBAZOOOOOOOOOOOO !!!!!!!!

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Notapor John Wayne » Mié 04 Jul 2007 07:54

En LA Tribuna dan lo de Hernández como hecho a falta de la firma.

Respecto a lo de Calle... menudo impresentable.
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Yo de joven, corría que me las pelaba... y viceversa
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Notapor Galletero » Mié 04 Jul 2007 09:22

Cuanta razón llevas, este tio es un impresentable.

Y ahora nos viene con amenazas, pues menos amenazas y mas millones encima de la mesa, que va a se la única manera de que se pueda ir de aquí. O eso o que algún equipo pague su clausula.

Será un delantero acojonante, pero como persona deja mucho que desear... :angryfire:
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Notapor PUNCHO » Mié 04 Jul 2007 10:59

Quique Hernandez serà presentado esta mañana a las 12.30

algun Hernandez mas ?????????
ESTA MISMA MAÑANA. SEGUIMOS EN SEGUNDA ? UNA DE MICHIRONES
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Bombazoooooooooooooooooooo!!!!!!!!!!!

Notapor parricrack » Mié 04 Jul 2007 11:56

Hernandez and Company :grin:
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Re: BOMBAZOOOOOOOOOOOO !!!!!!!!

Notapor Esparrago forever » Mié 04 Jul 2007 15:54

JuanLUX escribió:Firmó un compromiso por tres años más.... ¡¡¡qué lo cumpla!!! o que pague para desvincularse....

Le salió bien la presión que ejerció sobre el Recre para que le dejara libre en Enero... aquí no debe salirle igual de bien la operación...

¿Algún experto en temas laboralistas nos puede instruir sobre como tratar este tema?



Hombre, no me considero ningún experto en nada, pero me gano la vida como laboralista, auque por desgracia para mi cuenta corriente no lleve deportistas profesionales....... :,(

pero bueno por ir dando ideas.......

Normativa aplicable, básicamente el Estatuto de los trabajadores y el Real Decreto 1006/1985, de 26 de junio, por el que se regula la relación laboral especial de los deportistas profesionales, y este real decreto establece:

Articulo 7.1. El deportista profesional está obligado a realizar la actividad deportiva para la que se le contrató en las fechas señaladas, aplicando la diligencia específica que corresponda a sus personales condiciones físicas y técnicas, y de acuerdo con las reglas del juego aplicables y las instrucciones de los representantes del club o entidad deportiva.

Articulo 17.1. Los incumplimientos contractuales del deportista podrán ser sancionados por el club o entidad deportiva según su gravedad. Todas las sanciones impuestas serán recurribles ante la jurisdicción laboral. Mediante los convenios colectivos se establecerá la graduación de las faltas y sanciones, que podrá comprender sanciones pecuniarias como consecuencia de incumplimientos contractuales del trabajador.


Bien, además existe un convenio colectivo, no conozco el actual, pero si el de hace un par de años, no debe haber variado mucho, firmado entre AFE y LFP, en el que se establece un régimen disciplinario, que ya lo quisieran para si los curritos de a pie, por garantista y benévolo, donde como falta grave se consideran, entre otras:

-La primera y segunda falta en un mes de asistencia al trabajo sin ser un partido
-La grave y patente desobediencia etc.

y como muy graves:

-Desobediencia que implique grave quebranto de la disciplina
o por ejemplo: disminución manifiesta, voluntaria y continuada en el rendimiento normal o pactado.

Todas las sanciones se imponen con un riguroso expediente disciplinario previo –vamos igual que cualquier currito- y pueden llegar hasta el despido.

Como no interesa que este tio se vaya despedido, eso le iría bien, se pueden imponer suspensiones de empleo y sueldo de hasta 30 días por faltas muy graves.

Por tanto, requerimiento para ir a entrenar, no se presenta, demuestra abierta indisciplina….-por cierto que siga amenazando en la prensa que eso ayuda en un juicio…..- y suspensión de empleo y sueldo de un mesecito, y así sucesivamente, con lo que lo tienes sin jugar y sin cobrar durante unos cuantos meses…..

El problema es que no es tan fácil que salga todo bien y tan “redondo”, pero bueno….por ir dando ideas……y en cualquier caso me consta que al Alba, no le van a faltar laboralistas de calidad.

Saludos y perdón por el ladrillo.

Por cierto, desconozco si hay algún otro convenio aplicable, o el régimen disciplinario del Alba, aunque se ha de sujetar a lo establecido en el convenio de la AFE-LFP
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Re: BOMBAZOOOOOOOOOOOO !!!!!!!!

Notapor ROVANIEMI » Mié 04 Jul 2007 16:03

Esparrago forever escribió:
JuanLUX escribió:Firmó un compromiso por tres años más.... ¡¡¡qué lo cumpla!!! o que pague para desvincularse....

Le salió bien la presión que ejerció sobre el Recre para que le dejara libre en Enero... aquí no debe salirle igual de bien la operación...

¿Algún experto en temas laboralistas nos puede instruir sobre como tratar este tema?



Hombre, no me considero ningún experto en nada, pero me gano la vida como laboralista, auque por desgracia para mi cuenta corriente no lleve deportistas profesionales....... :,(

pero bueno por ir dando ideas.......

Normativa aplicable, básicamente el Estatuto de los trabajadores y el Real Decreto 1006/1985, de 26 de junio, por el que se regula la relación laboral especial de los deportistas profesionales, y este real decreto establece:

Articulo 7.1. El deportista profesional está obligado a realizar la actividad deportiva para la que se le contrató en las fechas señaladas, aplicando la diligencia específica que corresponda a sus personales condiciones físicas y técnicas, y de acuerdo con las reglas del juego aplicables y las instrucciones de los representantes del club o entidad deportiva.

Articulo 17.1. Los incumplimientos contractuales del deportista podrán ser sancionados por el club o entidad deportiva según su gravedad. Todas las sanciones impuestas serán recurribles ante la jurisdicción laboral. Mediante los convenios colectivos se establecerá la graduación de las faltas y sanciones, que podrá comprender sanciones pecuniarias como consecuencia de incumplimientos contractuales del trabajador.


Bien, además existe un convenio colectivo, no conozco el actual, pero si el de hace un par de años, no debe haber variado mucho, firmado entre AFE y LFP, en el que se establece un régimen disciplinario, que ya lo quisieran para si los curritos de a pie, por garantista y benévolo, donde como falta grave se consideran, entre otras:

-La primera y segunda falta en un mes de asistencia al trabajo sin ser un partido
-La grave y patente desobediencia etc.

y como muy graves:

-Desobediencia que implique grave quebranto de la disciplina
o por ejemplo: disminución manifiesta, voluntaria y continuada en el rendimiento normal o pactado.

Todas las sanciones se imponen con un riguroso expediente disciplinario previo –vamos igual que cualquier currito- y pueden llegar hasta el despido.

Como no interesa que este tio se vaya despedido, eso le iría bien, se pueden imponer suspensiones de empleo y sueldo de hasta 30 días por faltas muy graves.

Por tanto, requerimiento para ir a entrenar, no se presenta, demuestra abierta indisciplina….-por cierto que siga amenazando en la prensa que eso ayuda en un juicio…..- y suspensión de empleo y sueldo de un mesecito, y así sucesivamente, con lo que lo tienes sin jugar y sin cobrar durante unos cuantos meses…..

El problema es que no es tan fácil que salga todo bien y tan “redondo”, pero bueno….por ir dando ideas……y en cualquier caso me consta que al Alba, no le van a faltar laboralistas de calidad.

Saludos y perdón por el ladrillo.

Por cierto, desconozco si hay algún otro convenio aplicable, o el régimen disciplinario del Alba, aunque se ha de sujetar a lo establecido en el convenio de la AFE-LFP


Muchas gracias por la información,en ese sentido espero estar tranquilo,ya que el Sr.Ubaldo y su bufete de abogados podrán dar buena cuenta de sus conocimientos como letrados.
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Notapor JuanLUX » Mié 04 Jul 2007 19:59

Gracias por la exposición Esparrago... como bien dices me parece más que benévola con los jugadores.... y lamentablemente creo que tienen más que ganar que perder...

a lo que comenta ROVA.. creo que la especialidad de Ubaldo es el Derecho Mercantil ¿no?
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Notapor Esparrago forever » Mié 04 Jul 2007 20:48

JuanLUX escribió:Gracias por la exposición Esparrago... como bien dices me parece más que benévola con los jugadores.... y lamentablemente creo que tienen más que ganar que perder...

a lo que comenta ROVA.. creo que la especialidad de Ubaldo es el Derecho Mercantil ¿no?


de nada, para eso estamos; si correcto, es mercantilista, pero la facultad de derecho de Albacete es toda una referencia en materia laboral en toda España, lo cual para un albaceteño como es mi caso, que trabaja fuera de mi tierra, es un orgullo, y como Ubaldo tiene clara vinculación con la UCLM, pues digo yo que no habrá problemas de asesoramiento, digo yo, ;-) salvo que acudan a otra gente.....
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