MaNNu escribió:No, no lo es, es una comunidad autónoma, como la de Madrid, la de Castilla - La Mancha o la Murciana.
Sin ánimo de polemizar sobre el sentido de las palabras:
País: Nación, región, provincia o territorio (Definición de "país" según el diccionario RAE)
Bien es cierto que tradicionalmente se ha identificado (en España) "país" con "España", o con "territorio nacional" o "territorio del Estado". Se entiende, por lo tanto, que los castellanos, aragoneses, riojanos, extremeños, etc. cuando hablamos de "el país" lo hacemos, legítimamamente para referirnos a España. El propio periódico "El País" nos deja claro el término. Resultan extrañas, para nosotros, denominaciones como "el Estado español", "selección estatal", etc. Tampoco los aragoneses, los valencianos o los granadinos hablan de "mi reino", claro, y tendrían una razón histórica para hacerlo.
Exactamente igual, desde Catalunya (Cataluña, en su grafía castellana), se ha considerado, al menos desde los años de la transición, la denominación "Països catalans" (denominación que incluye, discutiblemente, a Valencia y las Baleares). Igualmente, la "naciò catalana" o términos similares, que, por sí mismas, no deben resultar ofensivos para nadie. Otra cosa es cuando se enarbolan por un determinado signo político (o sea, más o menos lo que se ha hecho con el término España o con la bandera). No es otra la razón por la que no resulta ofensivo el término "País Vasco" (el que utilizan las fuerzas políticas "constitucionalistas", PSOE y PP) y sí "Euskal - Herría", que significa "tierra vasca" (si no me equivoco) y que es el reivindicado por los partidos nacionalistas.
Por lo tanto, cabría concluir que, en general, cuando un castellano se refiere a "país" se refiere a "las 17 CC AA", mientras que cuando un catalán habla de "país", lo hace para definir a su territorio. Y las dos expresiones serían igual de correctas. Igual, con el término "nación" o "nacional" (una vez que el término ya se ha despojado de cualquier recuerdo del "bando nacional" o de "las tropas nacionales").
Tienes razón en que tanto Euskadi como Catalunya o Castilla La Mancha tienen la categoría administrativa de CC. AA. Sin embargo, el legislador constitucional habló de "nacionalidades" y "regiones". Estos conceptos se desarrollan en el Título VIII de la Constitución, que establecía dos caminos hacia la autonomía: uno, el del art. 151, reservado a las "nacionalidades históricas" (Catalunya, Euskadi y Galicia, a las que se unió, por otro camino, Andalucía) y otro, el del 143, para el resto. Lo que ocurrió luego (que se igualaron las competencias, el "café para todos", el golpe de Estado, la LOAPA, etc...) es ya harina de otro costal.
Mil perdones por el ladrillo.