por ALBADICTOS » Vie 16 Ene 2009 02:30
El Albacete fue absuelto en la demanda que presentó contra el club José Alberto Toril
El Albacete Balompié ha quedado absuelto en la demanda que contra el club presentó José Alberto Toril Rodríguez, entrenador de los equipos de la cantera blanca en los últimos años. El juez entendió finalmente que no existía más relación laboral entre la entidad y el técnico que la suscrita en el Decreto 1.006 que recoge el trabajo que realizan los deportistas profesionales.
En septiembre pasado José Alberto Toril decidió presentar una demanda contra el Albacete al entender que la relación laboral que había tenido con el Alba no fue respetada por el club. El juzgado la admitió a trámite y tras un primer acto de conciliación se llegó a juicio, celebrado el 27 de octubre.
Toril, que en su día fue entrenador del Albacete, regresó al club en la temporada 2005-2006 para entrenar a uno de los cadetes. La temporada siguiente estuvo con un juvenil de la Fundación y en su tercer año y último entrenó al juvenil de División de Honor del Albacete. El 30 de junio el Albacete le dio de baja en la Seguridad Social porque entendía que se había cumplido el contrato con el técnico y no quería seguir contando con sus servicios. Semanas después Toril se presentó en el primer entrenamiento del Alba juvenil, sabiendo ya extraoficialmente que no iba a seguir en el club. La entidad entendía que no hacía falta comunicar al técnico su baja porque simplemente había terminado su contrato.
Toril no tuvo ninguna relación laboral con el Alba los dos primeros años que estuvo de técnico del Alba y de la Fundación, puesto que los anteriores rectores del club simplemente le pagaban a él, como a la mayoría de técnicos de la cantera, una compensación por kilómetros. Con la llegada del nuevo Consejo se regularizó su situación y se le hizo un contrato de entrenador.
No hay despido
El ex jugador demandó al Alba porque entendía que había una relación laboral con la entidad, pero en la sentencia que falla en contra de esa demanda, el juez decide «desestimar la demanda interpuesta por José Alberto Toril Rodríguez contra el Albacete Balompié SAD» y señalaba que la sociedad queda «absuelta» de las pretensiones del ex técnico.
Entiende el juez en esta sentencia que Toril no tenía una relación laboral común con el Albacete Balompié y en cambio sí está sujeto su contrato al Decreto 1.006/85 que regula la relación laboral de los deportistas profesionales con sus clubes. Atendía así el juez a la defensa presentada por el Albacete, que estuvo encarnada por el ex árbitro Rafael Hernanz Ángulo.
Señala por tanto que la relación entre Toril y el Alba está sujeta al mencionado Decreto de deportistas profesionales y por tanto estimada que no había despido improcedente porque simplemente el Albacete no renovó el contrato del técnico y además tampoco tenía la obligación de notificar su cese al entrenador, como sí hubiera debido hacer en caso de tener una relación laboral común.
Parecido a Balaguer
La sentencia, que seguramente habrá satisfecho a los rectores del Albacete, viene a estar en la misma idea que la que desestimó hace algún tiempo la presentada por Juan Carlos Balaguer. Entendiendo entonces y ahora los jueces que la relación laboral entre estos entrenadores y el Albacete sólo podía entenderse dentro de la regulación del Decreto 1.006 que regula las relaciones de los deportistas profesionales.
El Alba acaba así con otra de la visita a los juzgado que ha tenido que hacer durante el último año por demandas presentadas, casi en todos los casos, por otros contra la entidad. Esta sentencia y la de Balaguer han sido favorables, no lo fue la de Antonio López Alfaro y Ricardo Resta, ni la de Valbuena, aunque en este último caso el Alba acató de buen grado la decisión judicial que le obligada a pagar la mitad de lo que hubiera debido abonar al portero si no lo hubiese despedido.
ALBACETE ... mi buen amigo ... este año VOLVERÉ a estar contigo.